Constitución de sociedades y derecho mercantil.
Constitución y vida societaria con respaldo notarial. Para empresarios, autónomos y profesionales.
¿Qué es y qué incluye?
La constitución de una sociedad, la entrada o salida de socios, los cambios de administradores o la modificación de los estatutos son operaciones que requieren intervención notarial e inscripción en el Registro Mercantil. Nuestro objetivo es que cada decisión empresarial se documente con claridad, se cumplan los requisitos legales y la sociedad pueda seguir operando con normalidad.
Trabajamos con sociedades limitadas, anónimas, cooperativas, fundaciones y asociaciones, así como con empresas familiares que requieren acuerdos específicos para preservar el patrimonio a lo largo de generaciones. Coordinamos con asesores fiscales, abogados y gestores cuando interviene un equipo profesional externo.
Trámites notariales que realizamos.
- Constitución de sociedades limitadas y anónimas
- Constitución de cooperativas
- Constitución de fundaciones y asociaciones
- Aumento y reducción de capital social
- Transmisión de participaciones y acciones
- Transformación de sociedades
- Disolución, liquidación y extinción
- Modificación de estatutos sociales
- Cese y nombramiento de administradores
- Declaración de unipersonalidad
- Cambio de socio único
- Pactos parasociales
- Protocolo familiar
- Poderes mercantiles
- Poder de gerencia
Documentación necesaria.
Cada caso es distinto. Al concertar la cita le indicaremos exactamente qué documentación necesita.
- DNI de socios, administradores y apoderados
- Certificado negativo de denominación social (constitución)
- Justificante de aportación del capital social
- Estatutos sociales actualizados
- Certificación del acuerdo social adoptado en junta
- Escrituras anteriores de la sociedad
- NIF provisional o definitivo
Preguntas frecuentes sobre sociedades y mercantil.
Una vez reunida la documentación, la firma puede agendarse en pocos días. La inscripción posterior en el Registro Mercantil varía según la calificación registral, habitualmente entre una y tres semanas.
Sí, mediante los pactos parasociales, que vinculan a quienes los firman pero no son oponibles frente a terceros salvo que se incorporen a los estatutos o se inscriban cuando la ley lo permite.
Sí. La inscripción en el Registro Mercantil es obligatoria y requiere escritura pública.
¿Hablamos de su caso?
Le orientamos sobre la operación, los documentos necesarios y los pasos a seguir.
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